Informe: Los problemas de alquilar
En España sólo un 6% de las viviendas se ofrecen para alquilar. Un motivo es la menor demanda, por unas rentas mensuales muy altas, y que son parecidas en cuantía a las mensualidades de una hipoteca. Además, para aquellos propietarios que se deciden a poner sus inmuebles en alquiler, existe una gran inseguridad jurídica. El mercado de alquiler en España está poco desarrollado si comparamos con Europa, donde el número de viviendas en alquiler es el triple que en nuestro país. En el resto de la Unión Europea, un 30% de las viviendas existentes están destinadas a alquiler.A pesar de que la demanda y la oferta de viviendas en alquiler son escasas, son muchas menos las viviendas que se alquilan de las que se solicitan. Las personas que tienen un piso del que, mediante arrendamiento, pueden obtener un beneficio, deciden no alquilar porque se encuentran con varios temores: los desperfectos que los inquilinos puedan ocasionar en la casa, el tiempo que puede transcurrir hasta lograr desalojar a un inquilino moroso…Pueden pasar dos años desde que se denuncia a un inquilino hasta que se hace efectiva la sentencia para desalojarlo; un tiempo excesivo que puede suponer importantes pérdidas económicas para el propietario.
En 2001 se celebraron en España más de 22.000 juicios por desahucio, cifra que el gobierno pretende reducir con la creación, el pasado 8 de abril, de la Sociedad Pública de Alquiler que se prevé entre en funcionamiento durante el próximo otoño.Las garantías de la Sociedad Pública de Alquiler
La SPA tiene la intención de poner en el mercado de alquiler 25.000 viviendas en los próximos cuatro años a precios inferiores a los del mercado. La SPA tiene el ambicioso objetivo de dinamizar el mercado de alquiler llegando a acuerdos con distintos agentes del sector y con otras administraciones públicas para ofrecer seguridad jurídica y una gestión integral al usuario. El principal inconveniente es que el coste de estos servicios no los cubrirá el Ministerio si no los ciudadanos que decidan acudir a la SPA, bien para depositar su casa y arrendarla, bien para buscar un hogar en el que residir. La SPA solicitará un mes de fianza al inquilino y percibirá hasta un 20% de la renta mensual que le corresponde al casero.
Con los ingresos conseguidos, la Sociedad sufragará los seguros que contratará para garantizar el cobro de las rentas al propietario de la vivienda y ofrecer asistencia jurídica en caso de conflicto. También costeará las reformas de los posibles desperfectos para que la vivienda sea devuelta en las mismas condiciones en las que se entregó. Muchas son las voces que consideran que estos servicios suponen mucho menos de ese 20% de las rentas además del mes de renta al inquilino que la SPA pretende cobrar.
Otro mecanismo que la SPA llevará a cabo para dinamizar el mercado de alquiler será un programa de ayudas de hasta 6.000 euros anuales a quienes rehabiliten o acondicionen pisos de su propiedad para ponerlos en alquiler. Además, habrá ayudas de hasta 2.880 euros para las personas que traten de acceder a un piso en alquiler y tengan una renta inferior a 5,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional (S.M.I)
¿Alquilar o comprar?Las ventajas de alquilar:
Permite el acceso inmediato a una vivienda por un periodo determinado. Comporta un desembolso de capital menor a corto plazo.
Es una decisión que requiere un menor compromiso. El inquilino no tiene responsabilidad sobre los desperfectos y daños del inmueble y tampoco correrá con los gastos de la comunidad….los inconvenientes:
En nuestro país no existen demasiadas ventajas fiscales aplicables al régimen de alquiler, aunque ahora se esté empezando a favorecer, ni para los promotores ni para los posibles inquilinos. El tiempo máximo de duración de un contrato de arrendamiento es de cinco años.
Esta opción no permite al inquilino realizar obras en la vivienda ni redecorarla. No aporta tanta estabilidad al no ser una vivienda de propiedad.Las ventajas de comprar:
Es una inversión que con mucha probabilidad se revaloriza con el paso de los años. Supone la adquisición de un patrimonio, por otra parte, es enanejable a terceros o transmisible por vía hereditaria. Conlleva ciertas deducciones fiscales reguladas por la ley del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Actualmente los tipos de interés de los préstamos hipotecarios son mucho más favorables que hace unos años y no se prevén subidas a largo plazo. La adquisición de una vivienda puede convertirse en un elemento de seguridad….los inconvenientes:
Necesitas tener un capital mínimo para que te concedan la hipoteca de un 20% sobre el valor de la vivienda y desembolsar un 10% en gastos para la adquisición. La compra de una vivienda puede ser un proceso largo y complicado y puedes necesitar asesoramiento.
Los costos de la hipoteca son más altos que un alquiler. Las reparaciones y el mantenimiento también corren a cargo del propietario. Después de comprar una vivienda puede resultar más difícil volver a realizar mudanzas para adaptarse a una nueva localización o lugar de trabajo.
